29/04/2021

Comunicado Impuesto CO2 de la Generalidad de Cataluña

  • El tributo, que grava las emisiones de CO2de turismos, furgonetas y motocicletas, fue aprobado por el Parlamento como una medida para luchar contra la situación de emergencia climática que vive el planeta
  • Los datos y la cuota a pagar, que se podrán consultar en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña a partir del 1 de mayo, se podrán revisar y se podrán presentar alegaciones hasta el 4 de junio
  • El período de pago se iniciará a partir de septiembre y los recursos que se recauden se destinarán íntegramente a nutrir el Fondo climático y el Fondo de patrimonio natural

La Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) ya lo tiene todo listo para comenzar la tramitación del impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica , Este tributo, que fue aprobado por el Parlamento en agosto de 2017, graba las emisiones de CO2 de coches, furgonetas y motocicletas por el efecto invernadero que producen en la atmósfera y su repercusión en el calentamiento global del planeta.

El impuesto se enmarca en la agenda 2030 aprobada por el Gobierno catalán y está en línea con las recomendaciones del FMI, la OCDE o la Comisión Europea, que coinciden en apostar por la fiscalidad verde como una herramienta imprescindible ante la crisis ambiental y de emergencia climática. Otros países europeos como Finlandia, Suiza, Bélgica, Francia, Suecia, Alemania o Irlanda también disponen de figuras tributarias que tienen en cuenta las emisiones de CO2 de los vehículos.

A partir del próximo sábado, 1 de mayo y hasta el día 15 del mismo mes, los contribuyentes podrán consultar y revisar los datos sobre el titular y las características del vehículo, así como la cuota a pagar, que la agencia hará públicas en la sede electrónica del ATC mediante un padrón provisional. También podrán presentar alegaciones en el caso de que éstas no sean correctos hasta el 4 de junio. Después, a partir del 1 de septiembre, la misma agencia catalana hará público el padrón definitivo y se iniciará el periodo de pago a través de la misma sede electrónica. De acuerdo con la ley, si se domicilia el pago y se suscriben las notificaciones electrónicas, se puede disfrutar de una bonificación del 2%.

El acceso tanto al padrón provisional como el definitivo, lo podrá realizar el titular del vehículo mediante un certificado digital o el idCat Móvil del titular del vehículo o de su representante legal. También alternativamente, se podrá acceder a los datos, indicando el NIF del titular del vehículo, la matrícula y la contraseña recibida al número móvil de contacto.  

Un simulador del coste del impuesto, según las emisiones de CO2del vehículo

El ATC también ha puesto a disposición de los usuarios un simulador que permite obtener información sobre el importe anual que corresponde pagar por el impuesto, según las emisiones oficiales de CO2 que emite el vehículo. En la mayoría de los vehículos fabricados a partir de noviembre de 2015, esta información se puede encontrar en la ficha técnica.

En cuanto a los vehículos anteriores a esa fecha o que no dispongan de datos oficiales, la Generalitat ya incluyó a la ley una fórmula diseñada por el Barcelona Supercomputing Center para calcular las emisiones. Una fórmula que tiene en cuenta toda una serie de variables técnicas como: el combustible, la cilindrada, la potencia del motor, el peso o la antigüedad del vehículo, entre otros.

 

Más de 2,31 millones de vehículos yunos ingresos de 67,4 millones de euros el año 2021

De acuerdo con el Decreto ley 33/2020, de 30 de septiembre , el impuesto se devenga el 31 de septiembre de 2020 y la autoliquidación se hará efectiva el año 2021. Los vehículos afectados son las motocicletas, los turismos hasta un máximo de 9 plazas y las furgonetas de hasta un máximo de 3,5 toneladas.

Las tarifas aplicables son las siguientes: hasta 120 g / km en el caso de los turismos y las motocicletas; y hasta 160g / km, para las furgonetas.

De acuerdo con las últimas estimaciones realizadas por la Secretaría de Hacienda de la Generalitat, el año 2021 se prevé una recaudación potencial estimada de 67,4 millones de euros. Y según datos de la Dirección General de Tráfico (DGT), de un censo aproximado de 4,85 millones de vehículos, el impuesto afectará este año un total de 2,31 millones, para que el resto del parque móvil o bien no llegan al número de emisiones mínimo, o bien están exentos o no tributarán por estar dentro de la categoría de vehículos históricos o clásicos.  

Un impuesto 100% finalista

Con carácter finalista, el cien por cien de la recaudación de este tributo se destinará, tal como fija la ley, a nutrir a partes iguales el Fondo climático y el Fondo del patrimonio natural y la biodiversidad.

El Fondo climático servirá para llevar a cabo actuaciones ante la emergencia climática en el ámbito de la adaptación y la mitigación, tales como el impulso y bonificación en la adquisición de vehículos limpios, la mejora del transporte público y la movilidad sostenible , o fomentar las energías renovables y las viviendas energéticamente eficientes. Las actuaciones concretas se acordarán en el marco de la Comisión Interdepartamental del Cambio Climático, que se reúne periódicamente.

Los importes que corresponden al Fondo del patrimonio natural y la biodiversidad servirán para dotar de financiación las acciones recogidas en la Estrategia catalana por el patrimonio natural y biodiversidad y para dar respuesta al déficit de financiación de las políticas de gestión del medio natural en Cataluña. Entre las acciones a financiar, está la gestión activa y adaptativa del Sistema de espacios naturales protegidos de Cataluña y, más concretamente, de los Parques Naturales y el Parque Nacional; mejorar la conservación de las especies autóctonas, los ecosistemas y la geodiversidad, mejorar la conectividad ecológica y la infraestructura verde, promover la investigación y el conocimiento o fortalecer la gestión preventiva y evitar la pérdida neta de biodiversidad.  

Un impuesto aprobado por el Parlamento de Cataluña

El tributo fue creado por la Ley 5/2017 de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público. Posteriormente, la regulación se incorporó a la Ley 16/2017, de 1 de agosto, del cambio climático . Tres meses más tarde, el Gobierno español interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra diversos preceptos de la Ley, lo que supuso la suspensión del impuesto desde el día siguiente a la admisión a trámite por parte del TC, el 29 de noviembre de 2017, y hasta el 21 de marzo de 2018. el 20 de junio del 2019, el Tribunal Constitucional desestimó el recurso a través de una sentencia que reconocía la constitucionalidad del impuesto.

Finalmente, el 23 de diciembre de 2019, el Parlamento aprobó una modificación de la Ley del cambio climático , que introducía algunos cambios en el impuesto como el devengo el 31 de diciembre de cada año, la creación de una bonificación del 2 % por los pagos domiciliados o la incorporación a la Ley del padrón de contribuyentes. Inicialmente, el tributo debía empezar a liquidar el año 2020 para los coches y furgonetas y en 2021 se añadirían las motocicletas, pero la pandemia hizo retrasar la aplicación un año. Así, el 30 de septiembre de 2020, el Gobierno aprobó el Decreto ley 33/2020 con medidas fiscales para paliar los efectos de la Covidien-19 en Cataluña, que dejaba sin efecto el ejercicio 2019 que obligaba a tributar turismos y furgonetas y modificaba el calendario de publicación de los padrones provisionales y definitivos de este tributo.