31/01/2023

APROVACIÓ MODIFICACIÓ ZBE RONDES BCN

El Pleno del Ayuntamiento de Barcelona ha aprobado la actualización de la ordenanza municipal que regula la Zona de Bajas Emisiones Rondas Barcelona y por tanto se han incorporado mejoras sociales para acompañar a la ciudadanía por nivel de renta y también se facilita la uso ocasional de los vehículos sin etiqueta

Barcelona ha actualizado así el texto de la ordenanza de una normativa que a partir de este 2023 es obligatoria en cualquier municipio del Estado español tal y como regula la Ley del Cambio Climático.

El nuevo texto mantiene la esencia de la normativa pero flexibiliza algunos aspectos de determinados colectivos para acompañar a la ciudadanía en la aplicación de la medida. Los principales cambios, por tanto, son:

  • Ampliación del número de autorizaciones anuales, de 10 a 24, en los vehículos que no disponen de etiqueta ambiental. En este punto se incluyen las autorizaciones para vehículos históricos y clásicos y también los vehículos extranjeros.
Aunque no estamos conformes tal y como hemos manifestado a lo largo del proceso de modificación de la ordenanza, continuaremos trabajando con esta administración o las siguientes que vengan para que nuestro sector sea reconocido como en el resto de ciudades europeas de nuestro entorno que si velan por el patrimonio cultural automovilístico que defendemos.

  • Se incorporan vehículos en la categoría de vehículos singulares con autorización anual. Se incluyen novedades como vehículos de autoescuela, porta contenedores, Gabia, Dumper, blindados o vehículo cisterna por ejemplo.
  • Vehículos sin etiqueta que están realizando una revisión o reparación en el taller. Tienen autorización mientras el vehículo está en el taller.
  • Vehículos sin etiqueta dedicados al ejercicio profesional y cuyos titulares estén próximos a la jubilación. Se plantea que serán autorizados los vehículos de cuyas personas titulares acrediten que, en la fecha de aprobación de la ordenanza, carecen de hasta 5 años cotizados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), al Régimen general de la Seguridad Social, o de otro régimen alternativo, que le correspondan para alcanzar los años cotizados legalmente establecidos para acceder al régimen de jubilación
  • Vehículos sin etiqueta que tienen como titular a personas que acrediten unos ingresos económicos anuales inferiores a 2 veces el indicador de renta de efectos múltiples (IPREM), incrementado según el número de miembros de la unidad familiar.
  • Vehículos sin etiqueta en estado de reposición sobre el que se acredita la compra de un vehículo nuevo que cumpla los criterios tecnológicos permitidos, mientras dure el período de entrega del vehículo nuevo.

El resto de exenciones contempladas en la ordenanza son las que ya incorpora la norma en la actualidad, especialmente aquellos casos de personas con enfermedades crónicas, en tratamiento médico o que sufren alguna discapacidad.

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